Articulo 144 Reglamento 2/2011 de la Carrera Judicial
- El Cuadro actualizado de las disposiciones reglamentarias vigentes del CGPJ, incluido en el Acuerdo del Pleno de 27 de septiembre de 2018, establece que las Sentencias del Tribunal Supremo (Sala 3.ª) de 10 y 19 de julio de 2013 han declarado nulos los arts. 24.4, 37, 41, 42, 84, 192.1, 210.5, 228, 230.2, 272.6, 289, 326.1.h) y 326.1.i) y la D.T. 6ª del presente Reglamento 2/2011 de la Carrera Judicial.
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»Artículo 144.
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Podrán tomar parte en los concursos los jueces y magistrados que se encuentren en situación administrativa de servicio activo, servicios especiales, suspensión provisional o excedencia por razón de violencia sobre la mujer, por cuidado de hijos, de menores acogidos o para atender al cuidado de un familiar, de conformidad con lo establecido en el artículo 360 bis y en las letras d) y e) del artículo 356, ambos de la Ley Orgánica del Poder Judicial, siempre que se reúnan las condiciones exigidas por la Ley Orgánica del Poder Judicial y las bases de la convocatoria en la fecha que expire el plazo de presentación de instancias.
