Articulo 144 Reglamento g...e Mallorca

Articulo 144 Reglamento general de la Ley de urbanismo para la isla de Mallorca

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Artículo 144. Innecessariedad de la afección

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No es necesaria la práctica de la afección cuando del proyecto de reparcelación resulte que la obra de urbanización ha sido efectuada y pagada, así como debidamente cumplidas el resto de cargas de urbanización.