Artículo 144 TR de las Le...s Públicos

Artículo 144 TR de las Leyes de Tasas y de Precios Públicos

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Artículo 144. Tarifas.

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La tasa se exigirá de acuerdo con las siguientes tarifas:

Pesetas

1. Permisos para cotos de trucha

1.233,84

2. Permisos para cotos de pesca de salmón:

Categoría A

13.483,20

Categoría B

11.236,00

Categoría C

8.988,80

Los lotes de referencia se corresponden con la clasificación determinada por la Consejería competente en la materia.

3. Permisos para cotos de pesca de reo .

2.053,22

4. Las tarifas a las que se refieren los números anteriores se reducirán en un 40 por 100 cuando los sujetos pasivos sean miembros de sociedades que hubieran suscrito o suscriban con la Administración del Principado de Asturias un convenio de colaboración para la reproducción de alevines y esguines de trucha y salmón.

5. Permisos para cotos de pesca de trucha destinados al turismo (un pescador y día)

2.008,70

6. Permisos para cotos de pesca de salmón destinados al turismo:

Categoría A

26.966,40

Categoría B

22.472,00

Categoría C

17.977,60

Los lotes de referencia se corresponden con la clasificación determinada por la Consejería competente en la materia.

7. Permisos para cotos de pesca de reo destinados al turismo (uno a tres pescadores por día)

12.908,68

8. Permisos para cotos de pesca intensiva

821,50

9. Permisos para cotos de pesca de trucha sin muerte

6 €

La tarifa se reducirá en un 40 por 100 cuando los sujetos pasivos sean miembros de sociedades que hubieran suscrito o suscriban con la Administración del Principado de Asturias un convenio de colaboración para la reproducción de alevines y esguines de trucha y salmón.

Modificaciones