Articulo 1442 DLeg. 3/2008, de 25 de junio, Cataluña, TR. Ley de tasas y precios públicos
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»Artículo 14.4-2. Sujetos pasivos.
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Los sujetos pasivos de esta tasa son los organismos de control, las empresas de distribución de gases combustibles por canalización o las empresas instaladoras que actúan en Cataluña. El importe de esta tasa no puede repercutirse sobre los usuarios finales.
Modificaciones
- Modificación realizada (14.4-2) por LEY 2/2021, de 29 de diciembre, de medidas fiscales, financieras, administrativas y del sector público.
(GC de 31-12-2021) en vigor desde 01-01-2022 - Modificación realizada (14.4-2) por LEY 9/2014, de 31 de julio, de la seguridad industrial de losestablecimientos, las instalaciones y los productos.
(GC de 05-08-2014) en vigor desde 06-08-2014 - Artículo modificado (Articulo historico) por LEY 12/2008, de 31 de julio, de seguridad industrial.
(GC de 08-08-2008) en vigor desde 09-08-2008
