Articulo 145 D 75/2007, d...a Vivienda

Articulo 145 D. 75/2007, de 18 de mayo, C.Valenciana, Reglamento de Protección Pública a la Vivienda

Ver Indice
»

Artículo 145. Promociones singularizadas

Vigente

Los promotores públicos de carácter Instrumental y Asimilado podrán desarrollar promociones especiales de viviendas de protección pública para venta, para arrendamiento, alquiler-joven, alojamientos de interés social o viviendas tuteladas u otras formas de explotación justificada por razones sociales, en los términos establecidos en este Reglamento y en los Planes de Vivienda y Suelo o medidas singulares de financiación aplicables.