Articulo 1452 DLeg. 3/2008, de 25 de junio, Cataluña, TR. Ley de tasas y precios públicos
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»Artículo 14.5-2 Sujeto pasivo.
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Los sujetos pasivos de esta tasa son los titulares de las estaciones de inspección técnica de vehículos autorizados que operan en Cataluña. El importe de esta tasa no puede hacerse repercutir sobre los usuarios del servicio de inspección técnica de vehículos.
Modificaciones
- Artículo modificado (Articulo historico) por LEY 12/2008, de 31 de julio, de seguridad industrial.
(GC de 08-08-2008) en vigor desde 09-08-2008
