Articulo 146 Competencia ...ón Militar

Articulo 146 Competencia y Organización de la Jurisdicción Militar

Ver Indice
»

Artículo 146

Vigente
nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico



Serán competentes para la imposición de sanciones a quienes desempeñen Secretarías Relatorías:

1. El Auditor Presidente del Tribunal o Juez Togado del que dependan, para las faltas leves.

2. La Sala de Gobierno del Tribunal Militar Central, para las faltas graves.

3. El Ministro de Defensa, para las faltas muy graves.