Articulo 146 Medidas trib...007 Aragón

Articulo 146 Medidas tributarias 2007 Aragón

Ver Indice
»

Artículo 146.-Exenciones.

Vigente
nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico



Se declaran exentas de la tasa las ocupaciones temporales de vías pecuarias y las concesiones de uso privativo del dominio público forestal de titularidad de la Comunidad Autónoma de Aragón por las instalaciones destinadas al uso o al serviciopúblico de titularidad de cualesquiera Administraciones públicas o afectas a actividades declaradas de utilidad pública o interés social.