Artículo 146. Real Decreto 181/2026, de 11 de marzo
Artículo 146. Definición, elección y mandato.
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1. La Dirección de instituto universitario de investigación es el máximo órgano unipersonal de gobierno de estas estructuras y preside su consejo.
2. La persona titular de la Dirección será elegida por el Consejo del instituto universitario de investigación entre el profesorado doctor con dedicación a tiempo completo, preferentemente con vinculación al instituto.
3. La persona titular de la Dirección de instituto universitario adscrito o que resulte de convenio con otra institución será nombrada entre el profesorado doctor con amplia experiencia investigadora, en los términos que establezca la normativa general aplicable y el correspondiente convenio de adscripción.
4. La duración del mandato será de seis años improrrogables y no renovables.
