Articulo 1464 DLeg. 3/2008, de 25 de junio, Cataluña, TR. Ley de tasas y precios públicos
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»Artículo 14.6-4 Cuota.
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La cuota de esta tasa, que debe liquidarse por cada una de las declaraciones responsables o de las declaraciones de modificaciones de datos que se tramiten, es la siguiente:
Declaraciones responsables de instalaciones y aparatos: 30 euros.
Declaraciones de modificación de datos de instalaciones y aparatos: 10 euros.
Estos importes pueden ser revisados anualmente, de acuerdo con los criterios establecidos por la Ley de presupuestos.
Modificaciones
- Modificación realizada (14.6-4) por LEY 9/2014, de 31 de julio, de la seguridad industrial de losestablecimientos, las instalaciones y los productos.
(GC de 05-08-2014) en vigor desde 06-08-2014 - Artículo modificado (Articulo historico) por LEY 12/2008, de 31 de julio, de seguridad industrial.
(GC de 08-08-2008) en vigor desde 09-08-2008
