Artículo 147. LEY 5/2026, de 31 de julio, C. Valenciana, medidas fiscales, de gestión administrativa y financiera, y de organización de la Generalitat
Artículo 147.
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Se modifican los apartados 2 y 3 del artículo 52 de la Ley 26/2018, de 21 de diciembre, de derechos y garantías de la infancia y la adolescencia, que queda como sigue:
Uno. Se modifican los apartados 2 y 3 del artículo 52:
«Artículo 52. Inclusión social del alumnado
[...]
2. Se prestará atención a todos los alumnos por igual independientemente de su condición, con especial atención a las situaciones de vulnerabilidad que los menores puedan presentar. Se garantizará al alumnado el aprendizaje de la cultura arraigada, así como sus costumbres y tradiciones y las lenguas oficiales de la Comunitat Valenciana. Esta atención específica se extenderá a los menores con posible desarraigo en materia de identidad cultural, para prevenir las repercusiones en su rendimiento escolar y ajuste personal.
3. La oferta de plazas se regirá por criterios de eficiencia y productividad escolar, procurando el equilibrio y beneficio de todos los alumnos.»

