Articulo 147 Reglamento d...r personal

Articulo 147 Reglamento de desarrollo de la LO 15/1999, de proteccion de datos de caracter personal

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Artículo 147. Información pública.

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1. Cuando el Director de la Agencia Española de Protección de Datos acuerde, conforme a lo dispuesto en el artículo 86.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, la apertura de un período de información pública, el plazo para la formulación de alegaciones será de diez días a contar desde la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del anuncio previsto en dicha ley.

2. No será posible el acceso a la información del expediente en que concurran las circunstancias establecidas en el artículo 37. 5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.