Articulo 148 Administraci... de Madrid

Articulo 148 Administración local de Madrid

Ver Indice
»

Artículo 148. Aceptación de la delegación.

Vigente
nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico



Salvo que se imponga por Ley, los Plenos de los Municipios destinatarios de la delegación deberán aceptar la misma mediante el voto favorable de la mayoría absoluta del número legal de miembros de la Corporación.