Articulo 148 biodiversidad y patrimonio natural
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Artículo 148. Educación.

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La Administración educativa autonómica promoverá la concienciación sobre la importancia de la biodiversidad, la geodiversidad y los servicios de los ecosistemas y sobre las causas y consecuencias de su pérdida en la dimensión ambiental, social y económica de manera transversal, en los currículos de las áreas o materias pertinentes de todos los niveles educativos.

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  • Texto Original. Publicado el 08-02-2023 en vigor desde 28-02-2023