Artículo 148 bis. Hecho imponible.
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Constituye el hecho imponible la expedición, convalidación y renovación de títulos y tarjetas acreditativas de las distintas categorías de titulaciones náuticas, buceo profesional, actividades subacuáticas, derechos de asistencia a exámenes y otros trámites.
Modificaciones
- Modificación realizada (148 bis) por Ley del Principado de Asturias 13/2010, de 28 de diciembre, de Medidas Presupuestarias y Tributarias de acompañamiento a los Presupuestos Generales para 2011.
(AS de 31-12-2010) en vigor desde 01-01-2011 - Artículo modificado (148 bis (se añade)) por LEY 4/2000, de 30 de diciembre, de Medidas Presupuestarias, Administrativas y Fiscales.
(BOE de 28-02-2001) en vigor desde 01-01-2001
