Articulo 148 Reglamento de Protección Pública a la Vivienda
- Norma derogada salvo su Título III y las disposiciones adicionales, transitorias y finales que hagan referencia a dicho título III. Las referencias que el mencionado título III realiza a los arts. 72, 73.2, 73.4, 74, 75, 76, 58 y 26, se entienden hechas respectivamente a los arts. 24, 25.1, 25.3, 26, 25.4, 27, 31 y 40 del Decreto 90/2009, de 26 de junio, así como a lo dispuesto en los Planes de Vivienda vigentes. - DECRETO 90/2009, de 26 de junio, del Consell, por el que se aprueba el Reglamento de Viviendas de Proteccion Publica.
Artículo 148. Fijación de los precios de venta.
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
1. El precio de venta de las viviendas de promoción pública es el resultado de multiplicar el porcentaje marcado por el Plan de Vivienda vigente en cada momento del precio básico nacional vigente, a los metros cuadrados de superficie útil de la vivienda para a continuación aplicar a dicho resultado las siguientes correcciones:
Un coeficiente en función de la zona geográfica, determinadas por la legislación específica.
Un coeficiente en función de la antigüedad. Para ello se considera que solo se deprecia la construcción y no el suelo, a razón de un máximo del 1 % anual desde la fecha de recepción provisional. Entendiendo que el valor de la construcción es el 70 % del precio de venta.
El mencionado porcentaje anual de depreciación es variable entre un 0 % y un 1 %, aplicándose como criterio general un 0,7 %, dependiendo del estado de conservación y mantenimiento de la construcción según informe de los servicios técnicos competentes.
2. La fórmula para la determinación del precio de las viviendas será:
| PV = Coef. vigente * PrecioBásico * CoefZona * [0,3 + 0,7 *(1 -(Antigüedad * iDepreciación)) ]* m² |
Donde:
PV: Precio Vivienda
Coef. Vigente: Tanto por ciento señalado por el Plan de Vivienda vigente para promoción pública
Precio Básico: Precio básico por m²
CoefZona: Coeficiente de Zona.
Antigüedad: Diferencia en años enteros comprendidos entre la fecha de Recepción provisional y la fecha de valoración.
Depreciación: Índice de depreciación anual (valores entre 0% y 1%; generalmente 0,7%)
m²: Metros cuadrados útiles de la vivienda.
