Articulo 149 Estatuto de ... La Mancha

Articulo 149 Estatuto de las Personas Consumidoras de La Mancha

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Artículo 149. Reposición de la situación alterada e indemnización de daños y perjuicios.

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Conforme a la legislación estatal básica en materia de defensa de los consumidores y usuarios, en el procedimiento sancionador podrá exigirse a la persona infractora la reposición de la situación alterada por la infracción a su estado original y, en su caso, la indemnización de daños y perjuicios causados a la persona consumidora.

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