Articulo 149 Estatutos de... Distancia

Articulo 149 Estatutos de la Universidad Nacional de Educación a Distancia

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Artículo 149. Relación de puestos de trabajo del personal docente e investigador.

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1. La Universidad establecerá anualmente en su presupuesto de gastos la relación de puestos de trabajo del profesorado en la que se clasificarán todas las plazas con inclusión del personal docente e investigador contratado.

2. El Consejo de Gobierno, a propuesta de los Departamentos e Institutos Universitarios de Investigación y con informe previo de las Facultades o Escuelas y de la Junta de personal docente e investigador y del Comité de empresa, podrá modificar la relación de puestos de trabajo del profesorado, por ampliación o minoración de las plazas existentes, o por cambio de denominación de las plazas vacantes.

3. Las denominaciones de las plazas del personal docente de la UNED corresponderán a las de las áreas de conocimiento del catálogo establecido por el Gobierno.