Articulo 15 Administració...de Galicia

Articulo 15 Administración Local de Galicia

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Artículo 15.

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1. Se crea la Comisión Gallega de Delimitación Territorial como órgano de estudio, consulta y propuesta en relación con las materias que atañen a la determinación, revisión y modificación de los límites territoriales de las Entidades Locales gallegas y de las demarcaciones en que se estructura la Administración de la Comunidad Autónoma de Galicia.

2. Serán funciones de la Comisión:

a) Emitir informe sobre todos los expedientes de alteración de límites municipales.

b) Emitir informe sobre todos los expedientes de cambio de capitalidad.

c) Elaborar, a petición del Consejo de la Junta de Galicia, los estudios y propuestas de revisión para proceder a la aplicación de lo establecido en el artículo 13 de la presente Ley.

d) Estudiar y dictaminar las alegaciones presentadas y los distintos informes emitidos sobre el mapa municipal de Galicia antes de su elevación al Consejo de la Junta de Galicia para su aprobación definitiva.

e) Ejercer las demás que le atribuyen las Leyes.