Articulo 15 Agencia de Salud Pública
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»Artículo 15. Recursos humanos.
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1. La Agencia de Salud Pública de Cataluña debe tener el suficiente personal funcionario y laboral para el desempeño de sus funciones.
2. Los puestos de trabajo de la Agencia de Salud Pública de Cataluña que conllevan funciones de autoridad deben proveerse con personal funcionario.

