Articulo 15 aplicacion de medidas para promover la mejora de la seguridad y de l...periodo de lactancia
Articulo 15 aplicacion de medidas para promover la mejora de la seguridad y de la salud en el trabajo de la trabajadora embarazada, que haya dado a luz o en periodo de lactancia
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»Artículo 15. Los destinatarios de la presente Directiva son los Estados miembros.
Vigente
Hecho en Luxemburgo, el 19 de octubre de 1992.
Por el Consejo
El Presidente
D. CURRY
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 28-11-1992 en vigor desde 28-11-1992