Articulo 15 se aprueba el Reglamento de Organización y Funcionamiento de los Agentes del Medio Natural de la Comunidad Autónoma de Extremadura
Ver Indice
»Artículo 15. Vacaciones,permisos y licencias.
Vigente
nuevo
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
1. Con carácter general, las vacaciones, permisos y licencias de los Agentes del Medio Natural serán las establecidas para el personal funcionario perteneciente a la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura. En todo caso, su concesión quedará condicionada a las necesidades específicas del servicio.
2. Para cada Unidad Territorial de Vigilancia, el Servicio podrá determinar el número máximo de Agentes que pueden encontrarse ausentes por razón de vacaciones, permisos o licencias.
