Articulo 15 se aprueba el...xtremadura

Articulo 15 se aprueba el Reglamento de Organización y Funcionamiento de los Agentes del Medio Natural de la Comunidad Autónoma de Extremadura

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Artículo 15. Vacaciones,permisos y licencias.

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1. Con carácter general, las vacaciones, permisos y licencias de los Agentes del Medio Natural serán las establecidas para el personal funcionario perteneciente a la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura. En todo caso, su concesión quedará condicionada a las necesidades específicas del servicio.

2. Para cada Unidad Territorial de Vigilancia, el Servicio podrá determinar el número máximo de Agentes que pueden encontrarse ausentes por razón de vacaciones, permisos o licencias.