Articulo 15 el que se apr... populares

Articulo 15 el que se aprueba el Reglamento que regula la celebracion en Cantabria de espectaculos taurinos populares

Ver Indice
»

Artículo 14. Funciones de la Presidencia.

Vigente
nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico



1. El Presidente es la autoridad que dirige el espectáculo taurino popular, garantiza el normal desarrollo del festejo y responde de la seguridad del mismo.

2. El presidente deberá ordenar la suspensión de la celebración de los espectáculos taurinos populares en los supuestos previstos en el artículo 20.

3. En el ejercicio de estas funciones el Presidente estará asistido por un Delegado Gubernativo designado por la Secretaría General de la Consejería de Presidencia, Ordenación del Territorio y Urbanismo, conforme al artículo 42 del Reglamento de Espectáculos Taurinos, aprobado por Real Decreto 145/1996, de 2 de febrero, y por un veterinario de servicio.