Artículo 15 se aprueban los Presupuestos Generales para el año 2026 del Territorio Histórico de Gipuzkoa
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»Artículo 15. Subvenciones.
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La diputada general y los y las diputadas forales podrán conceder las subvenciones a que se refiere el artículo 20.3.c) de la Norma Foral 3/2007, de 27 de marzo, con cargo al presupuesto de su departamento, siempre que su importe no sea superior a 15.000,00 euros.
