Articulo 15 Bibliotecas de Aragón

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Artículo 15.- Estructura y funcionamiento.

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1. La Biblioteca Histórica de Aragón depende orgánicamente de la biblioteca de Aragón, quedando adscrita a la Dirección General con competencia en la materia.

2. La estructura y funcionamiento de la Biblioteca Histórica de Aragón se establecerá reglamentariamente en el plazo de doce meses desde la entrada en vigor de esta ley.