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Articulo 15 Condiciones técnico-sanitarias de las piscinas de uso colectivo

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Artículo 15. Construcción del vaso.

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1. Los vasos estarán construidos de forma que no presenten ángulos, recodos u obstáculos que puedan dificultar la circulación del agua. No existirán obstáculos subacuáticos de cualquier naturaleza que puedan retener al usuario bajo el agua.

En su construcción se utilizarán materiales que permitan su fácil limpieza y serán de suficiente resistencia y estabilidad frente a los productos utilizados en el tratamiento del agua. Las paredes y el fondo del vaso serán de color claro.

2. El emplazamiento de los vasos infantiles o de chapoteo, estará dispuesto de modo que los menores no puedan acceder de manera accidental o involuntaria a otros vasos o, en su caso, dispondrán de un sistema adecuado que lo impida.