Artículo 15 Decreto 15/2...b., Madrid

Artículo 15. Decreto 15/2026, de 25 de feb., Madrid

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Artículo 15. Seguimiento y control

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1. La dirección general competente en materia de fomento y promoción de la inclusión laboral de las personas con discapacidad realizará actuaciones de seguimiento y control de los Centros Especiales de Empleo a fin de comprobar el cumplimiento, por parte de los Centros Especiales de Empleo, de las obligaciones inherentes a su condición, de la adecuación de su funcionamiento a la normativa aplicable, así como el mantenimiento de los requisitos que dieron lugar a la calificación e inscripción en el Registro de Centros Especiales de Empleo. Las actuaciones de seguimiento y control podrán incluir visitas a los centros de trabajo y comprobaciones de la documentación de los expedientes y de otros datos o antecedentes que obren en las Administraciones Públicas.

Los Centros Especiales de Empleo estarán obligados a colaborar en las actuaciones de seguimiento y control que se realicen por parte del órgano competente y facilitarán a este la información o documentación necesaria para el ejercicio de sus competencias.

Conforme a lo dispuesto en este apartado, y en virtud de los artículos 6.1.c) y 6.1.e) del Reglamento (UE) 2016/679 en relación con lo establecido en el artículo 16.6 de la Ley 3/2023, la dirección general competente en materia de fomento y promoción de la inclusión laboral de las personas con discapacidad, realizará de oficio las comprobaciones que sean necesarias en el ejercicio de las competencias administrativas de calificación, registro, certificación y control de los Centros Especiales de Empleo.

2. Para las actuaciones de seguimiento y control, la dirección general competente en materia de fomento y promoción de la inclusión laboral de las personas con discapacidad podrá solicitar la colaboración de organismos que ejerzan funciones en materia de seguridad y salud en el trabajo en el ámbito de la Comunidad de Madrid, así como en materia laboral por parte de la Dirección Territorial de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social de Madrid.