Artículo 15. Decreto 36/2025, de 11 de febrero, Andalucía, acceso por turno libre, promoción interna, movilidad, otras formas de provisión del funcionariado de los servicios de prevención y extinción de incendios y salvamento
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»Artículo 15. Cursos de acceso.
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1. Las personas aspirantes que, según los casos, aprueben la oposición, o el concurso-oposición para acceder a las distintas categorías tendrán que superar el correspondiente curso impartido por el IESPA o por una escuela local de bomberos, previa homologación por el Instituto. Superado el curso de acceso, se efectuará su nombramiento como funcionario o funcionaria de carrera con la categoría que corresponda.
2. Las personas que, perteneciendo al servicio de prevención y extinción de incendios, realicen un curso de acceso a otra categoría mantendrán durante la realización del mismo la categoría que tuviesen en el momento de iniciarse el proceso selectivo.
