Artículo 15. Decreto ley 1/2026, de 1 de abril, Baleares
Artículo 15. Ayudas para el sector agrario ante el encarecimiento de los costes energéticos, de los piensos y de los fertilizantes
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En el plazo máximo de dos meses desde la entrada en vigor de este decreto ley, la Consejería de Agricultura, Pesca y Medio Natural o la entidad FOGAIBA deberá aprobar una convocatoria de ayudas para productores agrícolas y ganaderos de las Illes Balears, con el fin de contribuir a cubrir el sobrecoste del gasóleo agrario, así como de los piensos y de los fertilizantes.
El presupuesto máximo previsto para estas ayudas, con cargo a las partidas presupuestarias que se establezcan en la correspondiente convocatoria, es el siguiente:
a) Para compensar el incremento del gasóleo agrario: 750.000 euros.
b) Para compensar el incremento del precio de los piensos: 3.500.000 de euros.
c) Para compensar el sobrecoste de los fertilizantes: 1.500.000 de euros.
