Articulo 15 Defensa de la Autonomía Financiera de la Comunidad de Madrid
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Artículo 15. Límites a la autonomía del gasto público

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El incremento del gasto público siempre deberá estar justificado y encuadrarse dentro de las competencias atribuidas a la Comunidad de Madrid.

El incremento del gasto público debe llevarse a cabo siempre con el objetivo del cumplimiento de la regla de gasto, velando porque el mismo no crezca por encima de la tendencia de la economía a medio plazo.