Articulo 15 Deporte de Asturias -Derogada-
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»Artículo 15. Aprobación y ejecución.¤
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Corresponde al Consejo de Gobierno la aprobación del Plan regional de instalaciones deportivas del Principado de Asturias. Su ejecución podrá llevarse a cabo en colaboración con la Administración del Estado, Concejos y entidades de interés público.
