Articulo 15 Deporte de Castilla-La Mancha
Artículo 15. Órganos de gobierno y representación.
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1. Los órganos de gobierno y representación de las federaciones deportivas de Castilla-La Mancha serán la Asamblea General, la Junta Directiva y el Presidente.
2. La Asamblea General es el máximo órgano de gobierno de las federaciones deportivas de Castilla-La Mancha y en ella han de estar representados los clubes deportivos, los deportistas, los técnicos y los jueces y árbitros de su modalidad deportiva. Todos sus miembros serán elegidos mediante sufragio libre, directo y secreto por y entre los componentes de cada estamento, conforme a los porcentajes que reglamentariamente se establezcan.
3. La Junta Directiva es el órgano colegiado de gestión de las federaciones deportivas de Castilla-La Mancha.
4. El Presidente es el órgano ejecutivo de la federación, ostenta su representación legal, convoca y preside los órganos de gobierno y ejecuta los acuerdos de los mismos. Será elegido mediante sufragio libre, igual y secreto, por y entre los miembros de la Asamblea General. Los Estatutos de las federaciones deportivas de Castilla-La Mancha podrán contemplar, en su caso, el número de mandatos de sus Presidentes con carácter indefinido o limitado.
5. El Presidente no podrá ejercer ninguna otra actividad directiva dentro de la propia estructura federativa.
6. La composición, funciones y duración del mandato de los órganos de gobierno y representación, se acomodarán a los criterios establecidos en la presente Ley y disposiciones reglamentarias que la desarrollen.
