Articulo 15 Deporte de Navarra

Articulo 15 Deporte de Navarra

Ver Indice
»

Artículo 15. Clubes Deportivos Escolares.

Vigente
nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico


1. En el ámbito de los centros escolares podrán constituirse clubes deportivos de centro para el fomento y desarrollo del deporte en edad escolar.

2. El Departamento de Educación y Cultura del Gobierno de Navarra destinará para ello los recursos económicos y humanos necesarios, además del resto de aspectos concernientes a su funcionamiento que se establecerán reglamentariamente.

3. Los Clubes Deportivos Escolares podrán participar en competiciones federadas.