Artículo 15 se desarrolla el Decreto 6/2017, de 31 de enero, del Consejo de Gobierno, por el que se regula la organización y funcionamiento del Registro de Entidades Locales de la Comunidad de Madrid
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»Artículo 15. Modificación de datos
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1. La alteración de los datos de las entidades locales se inscribirá como modificación en la sección general.
2. La alteración de los datos de las asociaciones y federaciones de las entidades locales se inscribirá como modificación en la sección especial.
