Articulo 15 Empleo público de Galicia
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»Artículo 15. La consejería competente en materia de administraciones públicas
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Corresponde a la persona titular de la consejería competente en materia de administraciones públicas.
a) Mantener la adecuada coordinación con los órganos competentes en materia de personal de las demás administraciones públicas.
b) (Suprimido)
c) (Suprimido)
d) (Suprimido)
e) Ejercer las competencias que tiene atribuidas la Comunidad Autónoma de Galicia respecto al personal funcionario de Administración local con habilitación de carácter nacional.
f) Designar a las personas representantes de la Comunidad Autónoma en los tribunales calificadores de procesos selectivos de personal para las entidades locales.
Modificaciones
- Artículo modificado (15 (apdos. b), c) y d), se suprimen)) por LEY 4/2021, de 28 de enero, de medidas fiscales y administrativas.
en vigor desde 30-01-2021
