Articulo 15 Establecimien... -Camping-

Articulo 15 Establecimientos de alojamiento -Camping-

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Artículo 15. Recepción.

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Todos los campings deben contar con una recepción situada en las proximidades de la entrada al establecimiento. La recepción estará atendida por personal que facilitará a los turistas toda la información relativa al régimen de funcionamiento del establecimiento recogido en el capítulo V de este decreto, y contará con un teléfono a disposición de los clientes.