Articulo 15 Estatuto del ...n Gobierno

Articulo 15 Estatuto del Consejo de Transparencia y Buen Gobierno

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Artículo 15. Mandato y vacantes.

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1. Los Vocales de la Comisión de Transparencia y Buen Gobierno desempeñarán su cargo durante cinco años, pudiendo prorrogase su mandato por un período de igual duración.

2. Serán causas de cese en su mandato.

a) Nombramiento del Vocal como Presidente del Consejo de Transparencia y Buen Gobierno.

b) Renuncia anticipada.

c) Pérdida de la condición que le habilitó para ser propuesto en los supuestos previstos en las letras a), b) y c) del artículo anterior, esto es, de la condición de Diputado, de Senador o de Consejero del Tribunal de Cuentas.

d) Propuesta de cese por parte de las instituciones u órganos a las que se refieren las letras d), e), f) y g), del artículo anterior en caso de incumplimiento sobrevenido de las condiciones que motivaron su nombramiento, esto es, de su condición de representante del Defensor del Pueblo, de la Agencia Estatal de Protección de Datos, de la Secretaría de Estado de Administraciones Públicas o de la autoridad independiente de responsabilidad fiscal.

e) Expiración del mandato por incumplimiento grave de sus obligaciones, incapacidad permanente para el ejercicio de su función, incompatibilidad sobrevenida o condena por delito doloso.

3. Las vacantes que se produjeren antes de expirar el plazo previsto en el apartado 1 deberán ser cubiertas dentro del mes siguiente a la fecha en la que la vacante se hubiera producido y por el tiempo que reste para completar el mandato de quien causó la vacante a cubrir.