Articulo 15 Estatuto de l...-Derogada-

Articulo 15 Estatuto de los Consumidores y Usuarios de I. Balears -Derogada-

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Artículo 15. Contenido mínimo de la información.

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Los productos y servicios puestos a disposición de los consumidores y usuarios cumplirán las exigencias determinadas en los Reglamentos de etiquetaje, presentación y publicidad, y deben ofrecer la siguiente información mínima:

  1. El origen, la naturaleza, la composición y la finalidad.

  2. Los aditivos que, en su caso, lleven incorporados.

  3. La calidad, la cantidad, su categoría y la denominación usual o comercial si la tienen.

  4. El precio completo o presupuesto, en su caso; y las condiciones jurídicas o económicas de adquisición y utilización, indicando con claridad y de manera diferenciada el precio del producto o servicio y el importe de los incrementos o descuentos, en su caso, y de los costes adicionales por servicios, accesorios, financiación, aplazamiento del pago o similares.

  5. La fecha de producción o suministro, el plazo recomendado para el uso o consumo, o fecha de caducidad.

  6. Las instrucciones o indicaciones para su correcto uso o consumo, advertencias y riesgos previsibles.