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Articulo 15 Estructura de órganos de gobierno, administración y representación de MUFACE

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Artículo 15. Departamento de Prestaciones Sociales.

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Al Departamento de Prestaciones Sociales le corresponden la siguientes funciones.

a) La planificación, evaluación y regulación, seguimiento y control de las prestaciones sociales recogidas en el artículo 14.1 de la Ley 29/1975, de 27 de junio, y dem s normativa de aplicación, con exclusión de las atribuidas al Departamento de Prestaciones Sanitarias, así como de las prestaciones correspondientes a las Mutualidades integradas en el Fondo Especial.

b) La gestión, administración y propuesta de resolución de las prestaciones indicadas en el p rrafo a) de este artículo, en los casos en los que estas competencias no hayan sido delegadas por la Dirección General en los servicios perif'ricos.