Articulo 15 Fabricación, presentación y comercialización del tabaco
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Artículo 15. Advertencia general y mensaje informativo de los productos del tabaco para fumar.

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1. Las unidades de envasado y el embalaje exterior de los productos del tabaco para fumar incluirán la advertencia general «Fumar mata».

2. Además, las unidades de envasado y el embalaje exterior de los productos del tabaco para fumar incluirán el mensaje informativo «El humo del tabaco contiene más de 70 sustancias cancerígenas».

3. Respecto a su ubicación, se tendrá en cuenta lo siguiente:

a) En los paquetes de cigarrillos y en los paquetes de picadura para liar en forma de paralelepípedo, la advertencia general estará impresa en la parte inferior de la superficie lateral de la unidad de envasado, y el mensaje informativo estará impreso en la parte inferior de la otra superficie lateral. Estas advertencias serán de 20 mm de anchura, como mínimo.

b) En los paquetes en forma de cajetilla de cuerpo superior articulado en la que la superficie lateral se divide en dos partes cuando se abre el paquete, la advertencia general y el mensaje informativo estarán impresos íntegramente en la zona más grande de esas dos superficies. La advertencia general también figurará en la superficie interior de la tapa que queda visible cuando se abre la cajetilla. La cara lateral de este tipo de paquete tendrá una altura, como mínimo, de 16 milímetros.

c) En la picadura para liar en petaca, la advertencia sanitaria y el mensaje informativo estarán impresos en las superficies que permitan la visibilidad completa de las advertencias sanitarias.

d) En los paquetes de picadura para liar de forma cilíndrica, la advertencia general estará impresa en la superficie exterior de la tapa y el mensaje informativo en la superficie interior de la tapa.

4. La advertencia general y el mensaje informativo deberán:

a) Cubrir el 50 % de la superficie en la que estén impresos.

b) Estar impresos en negrita, en caracteres tipográficos Helvética, negros sobre fondo blanco, con un tamaño de punto tipográfico de los caracteres que permita ocupar el mayor espacio posible en la superficie reservada al efecto.

c) Estar centrados en el espacio reservado para su impresión. En los paquetes en forma de paralelepípedo, y en todo embalaje exterior, serán paralelos al borde lateral de la unidad de envasado.

5. Se exceptúa de lo establecido en el apartado anterior, la picadura para liar en petaca, para la que la Comisión Europea establecerá la posición exacta de la advertencia general y del mensaje informativo.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 10-06-2017 en vigor desde 11-06-2017