Articulo 15 Fomento de las energías renovables y del ahorro y eficiencia energética
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»Artículo 15. Deber de promoción de las energías renovables.
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En el ámbito territorial de Andalucía, los poderes públicos pondrán en marcha los instrumentos necesarios para impulsar, promover y, en su caso, incentivar las conductas y acciones de fomento de las energías renovables en las que se manifiesten la solidaridad colectiva y la colaboración social.
