Articulo 15 Garantías de ...transfobia

Articulo 15 Garantías de los derechos de lesbianas, gays, bisexuales, transgéneros e intersexuales y para erradicar la homofobia, la bifobia y la transfobia

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Artículo 15. Medios de comunicación

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El Consejo del Audiovisual de Cataluña, en lo relativo a los medios de comunicación, debe.

a) Velar porque el código deontológico de los medios de comunicación no vulnere los principios de la presente ley en cuanto al respeto a la orientación sexual, la identidad de género, la expresión de género y las distintas expresiones afectivas.

b) Establecer recomendaciones sobre los usos lingüísticos y el tratamiento y el uso de las imágenes en relación con la homosexualidad, la bisexualidad, la transidentidad y la intersexualidad.

c) Velar porque los contenidos de los medios de comunicación y la publicidad que se emita a través de los mismos sean respetuosos hacia las personas LGBTI.

d) Velar porque los medios de comunicación traten con normalidad la diversidad de opciones afectivas y sexuales, de modelos diversos de familia y de identidad o expresión de género, de modo que se favorezca la visibilidad de referentes positivos.

e) Velar porque los medios de comunicación muestren en la programación la diversidad en lo relativo a la orientación sexual, la identidad de género y la expresión de género y en cuanto a los modelos de familia.

f) Realizar un seguimiento de las informaciones que ofrezcan un tratamiento contrario a la diversidad sexual, la identidad de género o la expresión de género y recogerlas periódicamente. El informe resultante debe entregarse al Síndic de Greuges, al Parlamento de Cataluña y al Consejo Nacional de Lesbianas, Gays, Bisexuales, Transgéneros e Intersexuales.