Articulo 15 Ley 35/2011, de 4 de octubre, Titularidad compartida de las explotaciones agrarias
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»Artículo 15. Plazo de reclamación.
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La acción para reclamar el pago de la compensación prescribirá a los cinco años contados desde el cumplimiento de los supuestos previstos en el artículo 13.2 de esta Ley.
