Articulo 15 Ley del Notariado

Articulo 15 Ley del Notariado

Ver Indice
»

Artículo 15.

Vigente
nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico



Los Notarios, para entrar en el ejercicio de su cargo, jurarán ante la Audiencia del territorio obediencia y fidelidad al Rey, guardar la Constitución y las leyes, y cumplir bien y lealmente su cargo.