Articulo 15 Medidas fiscales y administrativas 2011 de Galicia
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»Artículo 15. Condiciones generales.
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La transmisión en propiedad de las fincas con vocación agraria, de titularidad de la entidad gestora y que integren el Banco de Tierras de Galicia, se hará por el procedimiento de subasta pública o adjudicación directa.
