Articulo 15 Medidas Fiscales y Administrativas 2014 de Madrid
Ver Indice
»Artículo 15. Modificación parcial de la Ley 1/1998, de 2 de marzo, de Fundaciones de la Comunidad de Madrid
Vigente
nuevo
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
Se añade un apartado 3 al artículo 10 de la Ley 1/1998, de 2 de marzo, de Fundaciones de la Comunidad de Madrid, con la siguiente redacción:
3. Lo dispuesto en el apartado anterior se entiende sin perjuicio de que las fundaciones participadas mayoritariamente por la Administración de la Comunidad de Madrid o sus organismos públicos o demás entidades del sector público de la Comunidad de Madrid que tengan como fin u objeto social actividades de investigación científica y técnica o innovación se configuran como organismos de investigación públicos de la Comunidad de Madrid, pudiendo contratar personal investigador de acuerdo con las modalidades que al efecto aprueben las leyes estatales .
