Articulo 15 Medidas Fiscales, de Gestion Financiera y Administrativa, y de Organizacion de la Generalitat
Ver Indice
»Artículo 15.
Vigente
nuevo
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
Se modifica el artículo 160 del Texto Refundido de la Ley de Tasas de La Generalitat, que queda redactado de la forma siguiente:
Artículo 160. Tipo de gravamen.
La tasa se exigirá de acuerdo con lo dispuesto en el siguiente cuadro de tarifas:
| Tipo de servicio | Tipo unitario (euros) |
| Carnet Jove Euro <26 (menores de 26 años) | 7,50 |
| Carnet +26 (entre 26 y 29 años) | 7,50 |
