Articulo 15 modifica la Comisión General de la Entidad Estatal de Seguros Agrarios y la Comisión de Coordinación con las Comunidades Autónomas, sobre seguros agrarios
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»Artículo 15.
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La Comisión General de ENESA y la Comisión de Coordinación con las Comunidades Autónomas sobre seguros agrarios se ajustarán a lo establecido en el capítulo II, Título II de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
