Articulo 15 Modificación de la Ley 2/2003, de Vivienda y medidas para garantizar el derecho a la vivienda
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»Artículo 15.- Multas coercitivas.
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Una vez transcurrido el plazo señalado en los requerimientos correspondientes, podrá procederse a la imposición de multas coercitivas, de conformidad con lo previsto en la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. La cuantía de cada una de las multas no podrá superar el veinte por ciento de la sanción impuesta.

