Articulo 15 Normas técnicas de planeamiento urbanístico
Artículo 15. Criterios de calidad de la documentación gráfica en soporte digital editable
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La documentación gráfica en soporte digital editable se elaborará teniendo en cuenta los siguientes criterios de calidad:
a) La información gráfica de los recintos o ámbitos representada en el documento digital no editable (PDF) debidamente diligenciado deberá coincidir exactamente con la contenida en los archivos vectoriales del documento digital editable.
b) Las entidades geográficas del documento de planeamiento se representarán como punto, línea o polígono, en función de la capa de información vectorial a que se refieran y según lo indicado en las especificaciones del modelo de datos del anexo 3 de estas normas técnicas.
c) Los recintos, o partes de recintos, que aparezcan representados en diferentes capas o planos deberán de ser idénticos.
d) La líneas comunes entre recintos colindantes deberán ser idénticas, de modo que no haya huecos o solapes entre recintos, salvo en casos justificados, como puede ser la superposición de ámbitos clasificados con distintas categorías de suelo rústico.
e) Se deberá controlar la asignación de códigos y de atributos a las diferentes entidades geográficas, de modo que se garantice que no haya geometrías con códigos que no existen en el documento de planeamiento o atributos alfanuméricos que no pertenezcan al dominio previsto en el modelo de datos del anexo 3 de estas normas técnicas. También se garantizará la corrección semántica en la asignación de códigos y de atributos de cara a evitar posibles incongruencias o problemas de compatibilidad.
f) Las delimitaciones de los recintos de planeamiento deberán tener una calidad posicional (error menor o igual de) ajustada a la escala de representación, admitiéndose los siguientes márgenes de error:
| Escala | Calidad posicional |
| 1:10 000 | 2 m |
| 1:5 000 | 1 m |
| 1:2 000 | 0,4 m |

